Podrán cobrarse gastos de estancia siempre que, habiendo informado al usuario que el presupuesto está confeccionado o que el vehículo está ya reparado, no se haya recibido respuesta en el plazo de tres días hábiles sobre la aceptación o no del presupuesto o sobre la retirada del vehículo.
Estos gastos de estancia solo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y se aplicarán sobre los días que excedan del citado plazo.